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El artículo 29 del Reglamento del Sistema Nacional de Nivelación y Admisión (SNNA) establece:

“En los casos en que las universidades y escuelas politécnicas públicas implementen procesos complementarios de admisión, el puntaje de evaluación corresponderá a la nota obtenida en los procesos complementarios de admisión, con un peso de treinta por ciento (30%) y a la nota habilitada y vigente más alta obtenida en el Examen Nacional de Evaluación Educativa, SER BACHILLER, con un peso del setenta por ciento (70%).

El porcentaje correspondiente a la nota de los procesos complementarios de admisión podrá incrementarse progresivamente hasta un máximo de setenta por ciento (70%), a la solicitud de las universidades y escuelas politécnicas públicas determinadas por el Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, en función del cumplimiento de al menos uno de los siguientes requisitos:

  1. Haber realizado procesos complementarios de admisión dentro de los últimos cuatro (4) períodos académicos, y demostrar que como resultado de esos procesos han mejorado los indicadores de eficiencia académica.

  2. Haber incrementado progresivamente la oferta académica en al menos un diez por ciento (10%) en relación al correspondiente periodo académico anterior”

Al haber cumplido la universidad con todos los parámetros establecidos por la norma antes señalada, la SENESCYT, por intermedio de la Comisión Técnica de la Subsecretaría de Acceso a la Educación Superior, ante pedido formal realizado por la Universidad Nacional de Educación, ha decidido ACEPTAR el incremento del porcentaje asignado al Proceso de Admisión de la UNAE del 30% al 50%; lo cual refleja el trabajo realizado por la universidad y con ello el incremento de posibilidades para los postulantes que optan por un cupo a una de las carreras que oferta la UNAE.