la Junta Electoral de conformidad con el cronograma de elecciones de representantes al Consejo Superior Universitario aprobado con RESOLUCIÓN-SE-009-No.-048-CG-UNAE-R-2020, pone a su conocimiento que la presentación y recepción de candidaturas se realizará el día viernes 30 de octubre de 2020, en las instalaciones de la Secretaría General de la UNAE, a partir de las 08h30 hasta las 12h30, debiendo cumplir con todos y con cada uno de los requisitos contemplados en el Art. 29 del Reglamento de Elecciones y demás artículos que se transcriben a continuación:

1.- ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DEL PERSONAL ACADÉMICO AL COGOBIERNO

Artículo 16.- Requisitos.- Los candidatos a representantes docentes ante el Consejo Superior Universitario deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser profesor titular de la Universidad Nacional de Educación.
b) Estar en goce de sus derechos de participación.
c) Aceptación escrita de la candidatura.
d) No haber recibido sanción disciplinaria por el órgano competente de la Universidad Nacional de Educación, en los últimos dos (2) años antes de su postulación.
e) Haber mantenido una calificación promedio de al menos ochenta por ciento (80%) en su evaluación de desempeño en sus últimos cuatro semestres de actividades académicas, consecutivos o no.
f) Presentar un plan de trabajo para la candidatura.
g) Acreditar al menos el diez por ciento 10% de respaldo del padrón electoral ponderado

2.- ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS ESTUDIANTES AL COGOBIERNO
Artículo 20.- Requisitos.- Para ser electo como representante estudiantil ante los órganos de cogobierno se deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar en goce de los derechos de participación;
b) Aceptación escrita de la candidatura;
c) Acreditar ser estudiantes regulares de la institución;
d) Acreditar un promedio de calificaciones equivalente a muy bueno, que tomará en cuenta toda la trayectoria académica de la o el candidato;
e) Haber aprobado al menos el cincuenta por ciento de la malla curricular de la carrera o programa que curse;
f) Presentar un plan de trabajo para la dignidad, materia de la candidatura;
g) Acreditar al menos el 10% de respaldo del padrón electoral del estamento que representan, y;
h) No haber recibido sanción disciplinaria por el órgano competente de la Universidad Nacional de Educación, en el último año antes de su postulación.

3.- ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DEL PERSONAL NO ACADÉMICO AL COGOBIERNO
Artículo 24.- Requisitos.- Para ser electo como representante del personal no académico ante el Consejo Superior Universitario, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar en goce de los derechos de participación.
b) Aceptación escrita de la candidatura.
c) Contar con nombramiento permanente para el caso de los servidores públicos y contrato indefinido para el caso de los trabajadores y laborar en la Universidad al menos un año de forma ininterrumpida, en cualquiera de sus dependencias.
d) No haber recibido sanción disciplinaria por el órgano competente de la Universidad Nacional de Educación, en los últimos dos (2) años antes de su postulación.
e) Acreditar al menos el diez (10%) de respaldo del padrón electoral del estamento que representan.
f) Presentar un plan de trabajo para la dignidad, materia de la candidatura.

4.- PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS
Artículo 29.- Presentación de candidaturas.- Una vez efectuada la convocatoria a elecciones, los postulantes para las dignidades motivo de elección, deberán presentar sus candidaturas ante el Secretario de la Junta Electoral, dentro del plazo establecido en el respectivo cronograma. Las candidaturas deberán presentarse en lista. Las listas deberán integrarse respetando la paridad de género, igualdad de oportunidades y equidad, conforme a la Constitución de la República y la Ley Orgánica de Educación Superior, el Estatuto de la UNAE y este reglamento. La presentación de candidaturas se realizará mediante oficio dirigido al Secretario de la Junta Electoral, en el cual se hará constar el nombre del delegado, quien participará en la Junta Electoral en calidad de observador, la indicación de los colores, nombre, fotografías en formato digital y número de identificación de la lista, elementos cuya aprobación se realizará considerando el orden de presentación de las candidaturas y una dirección de correo electrónico para notificaciones. Al oficio se deberán adjuntar los siguientes documentos, y los que se consideren necesarios por parte de los candidatos, que certifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Educación Superior, el Estatuto y el presente Reglamento, según corresponda:
a) Aceptación escrita del candidato;
b) Fotocopias de cédula de ciudadanía y certificado de votación vigente;
c) Una fotografía actualizada, a color, tamaño carnet de cada candidato;
d) Para el caso de representantes de los distintos estamentos universitarios al cogobierno se deberá presentar el documento de respaldo a las candidaturas, el cual contenga por lo menos, el 10% de firmas del total del personal académico con derecho a voto, donde necesariamente estarán los nombres, apellidos, número de cédula y la respectiva firma y serán exclusivas para una lista de candidatos; en caso de repetirse en otras listas, no serán consideradas para establecer el porcentaje mínimo exigido en ninguna de ellas;
e) Certificación otorgada por la Secretaría General de la Universidad de no haber sido sancionado por el Consejo Superior Universitario;
f) Certificación emitida por la Secretaría General de mantener la condición de estudiante regular en el periodo en el que se desarrollan las elecciones y las calificaciones obtenidas toda la trayectoria académica de la o el candidato; para el caso de los representantes estudiantiles;
g) Certificado WEB impreso de registro de títulos y grados académicos en la SENESCYT, ajustado al cumplimiento del requisito de la leyenda “Título de Doctor o Ph. D”, válido para el ejercicio de la docencia, investigación y gestión en educación superior.
h) Certificación original o copia certificada, que acredite gestión educativa universitaria conferida por la institución donde obtuvo la experiencia en gestión, que contenga, al menos, fecha de emisión, período de gestión, atribuciones y responsabilidades, actividades desarrolladas y nombre y firma de quien emite el certificado. Página 20 de 30
i) Copias o documento verificable (El DOI/ISSN), de al menos seis obras de relevancia o artículos indexados en su campo de especialidad, dos de los cuales debieron ser producidos en los últimos cinco años.
j) Certificado de haber accedido a la docencia por concurso público de merecimientos y oposición, u otro proceso de selección basado en méritos, acompañado del documento que acredite la calidad de profesor titular o su equivalente.
k) Certificación de no haber sido sancionado en el ejercicio de la docencia otorgado por la institución de educación superior correspondiente;
l) Certificado conferido por la institución de educación superior correspondiente, nacional o internacional, que acredite la experiencia docente o de investigación requerida.
m) Documento que contenga el plan de trabajo para el periodo de gestión, que constituye la propuesta de las candidaturas, con firma de responsabilidad, y, así mismo en formato pdf.

Los documentos deberán presentarse en originales o copias certificadas. El Secretario de la Junta Electoral sentará en acta la constancia de la documentación que se entrega al momento de la presentación de las candidaturas; el acta deberá suscribirse conjuntamente con el representante de la lista o con el candidato.

En lo que respecta al literal d) del Art. 29 ibídem, la Junta Electoral ha resuelto que las firmas se podrán presentar de manera digital, considerando que las actividades de la UNAE continúan en modalidad virtual.

Firma:
JUNTA ELECTORAL

 

                          

Related Posts