El Consejo Superior Universitario de la Universidad Nacional de Educación en sesión extraordinaria de fecha 15 de marzo de 2021, a las 14h30 resolvió poner en conocimiento de la ciudadanía y de las autoridades, los antecedentes relacionados con la Acción de Protección formulada por el Econ. Andrés David Arauz Galarza, en contra de la entonces Comisión Gestora y lo hacemos de acuerdo a la secuencia de los hechos:

1.- En el mes de diciembre de 2020, posterior a la realización de las votaciones universitarias del 7/12/2020, el Econ. Andrés Arauz Galarza instauró una acción de protección en contra de la extinta Comisión Gestora de la Universidad Nacional de Educación, aduciendo según su criterio que vulneraron  los derechos referentes al proceso eleccionario.

2.- El día miércoles 30 de diciembre de 2020, a las 14h30, se llevó a cabo la audiencia en la cual el Juez Dr. Paulo Cesar Peñafiel Quito, quien avocó conocimiento, resolvió archivar la causa, pues según su criterio no existió vulneración de derechos.

3.- Ante la decisión emitida por el Juez, el Econ. Arauz Galarza interpuso el recurso de apelación ante la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia del Cañar, integrada por los Señores Jueces Doctores Manuel Cabrera Esquivel, Víctor Zamora Astudillo y José Urgilés Campos, quienes emitieron el respectivo veredicto en fecha 02 de febrero de 2021, a las 13h53, declarando la nulidad de la audiencia mencionada en el numeral 2 y dispusieron que otro juez conociera y resolviera la acción, para tal efecto  fue nombrado el Dr. Nelson Peñafiel Contreras.

4.- El juez antes indicado convocó a la audiencia pública a efectuarse el miércoles 17 de febrero de 2021, a las 14h00;  audiencia que fue diferida por petición del Econ. Andrés  Arauz, por encontrarse fuera del país cumpliendo con su agenda de campaña política, considerando que dicha petición se hizo a pocos minutos de llevarse a cabo la audiencia.

5.- La nueva fecha de la audiencia se realizó el 23 de febrero de 2021 a las 08h30, intervino telemáticamente, en primer lugar, el abogado patrocinador del Econ. Andrés Arauz, y en segundo lugar, de manera presencial la Procuradora de la UNAE. Al momento de proceder con su intervención la Procuradora de la UNAE, fue interrumpida en reiteradas ocasiones por parte del abogado mencionado, quien señaló que dicha intervención no se escuchaba, por lo que el señor Juez Constitucional  suspendió la audiencia.

6.- El 26 de febrero de 2021 a las 10h00 se reinstaló la audiencia, inmediatamente el Juez indicó que el Econ. Andrés Arauz había presentado minutos antes una petición de diferir una vez más la audiencia, aduciendo razones de salud de su abogado defensor, petición que fue negada por el señor juez.

7.- El 26 de febrero de 2021 a las 16h18, el Juez en su parte pertinente consideró que la presente acción por tratarse de derechos constitucionales no podía seguirse dilatando más tiempo, además, el Econ. Andrés Arauz no compareció a la reinstalación de la audiencia siendo indispensable su comparecencia ya que no existía una causa justa que justificara su inasistencia. Razón por la cual el Juez declaró el desistimiento de la acción planteada y el archivo de la misma. Es preciso recalcar que el Econ. Andrés Arauz no compareció una vez más a la audiencia porque iba a participar simultáneamente en un seminario Web Institute for New Economic Theory que tenía previsto dentro de su campaña electoral.

8.- Ante la resolución referida en el numeral 7 el Econ. Andrés Arauz Galarza interpuso el recurso de apelación, que fue concedido el 03 de marzo de 2021, a las 14h34, por el Juez Constitucional para que sea conocido por la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia del Cañar, sin embargo, el 10 de marzo del 2021 a las 12h48,  dicha Sala indicó que el Juez Provincial Ponente Dr. Víctor Zamora Astudillo se encuentra en uso de sus vacaciones desde el 1 al 28 de marzo del año 2021, por lo que el tribunal en esta causa no está legalmente integrado y que una vez que se reintegre a sus funciones inmediatamente será estudiada la causa y se dictará la resolución que corresponda.

Con los antecedentes antes esgrimidos la acción de protección demanda una respuesta inmediata y efectiva y  no puede dársele un tratamiento como si fuese un caso común que retarde en varios meses su tramitación. La dilación que se ha producido afecta a la institucionalidad y autonomía universitaria, por lo que nos encontramos empeñados en que esta situación que tiene alarmada e indignada a toda la comunidad universitaria termine cuanto antes. La imagen de la UNAE está siendo empañada por estas actitudes negativas,  que  se protagonizan por parte de personas que obedecen a intereses personales y políticos ajenos a la comunidad universitaria.

Nuestro anhelo es que impere la justicia y, en ese sentido, aspiramos que el accionar de los jueces sean apegados a los principios legales más que a los procedimentales, por lo que nos sorprende que el legítimo derecho de vacaciones de un juez impida un pronunciamiento oportuno ante un caso que para nosotros y la sociedad es de relevancia.

No entendemos el motivo para que el proceso se paralice por tantos días, cuando es sabido que todos los jueces tienen su reemplazo. Además, en la Resolución 205-2019 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, en su artículo 4 dice: “Artículo 4.- Las Direcciones Provinciales del Consejo de la Judicatura establecerán mecanismos adecuados para mantener la atención en materia de garantías jurisdiccionales, así como el funcionamiento de las unidades multicompetentes, para lo cual elaborarán el calendario de vacaciones al que se acogerán las y los servidores de dichas unidades, de conformidad con la ley.”(la negrita y subrayado es mío)

Aspiramos y exigimos se considere que en el proceso eleccionario participamos de forma libre y voluntaria más del 90% de los que hacemos la comunidad universitaria de la UNAE ejerciendo nuestro derecho constitucional a elegir y a ser elegidos, evidenciando así la legitimidad del proceso y la intención de vivir la autonomía universitaria conforme lo hemos venido construyendo con compromiso y esfuerzo  para satisfacer el interés colectivo y el bienestar social.

Por otra parte, se hace del conocimiento público que el Econ. Andrés Arauz no forma parte de la comunidad universitaria y que su accionar responde a intereses netamente políticos que afectan al cumplimiento de la misión de la UNAE. Las acciones emprendidas por el Econ. Andrés Arauz reflejan un irrespeto al derecho  al voto en la elección de autoridades y miembros del Consejo Superior Universitario e irrespetan a la comunidad universitaria y a las autoridades de la UNAE.

En consecuencia, solicitamos se designe a la brevedad dos jueces para que integren el Tribunal y puedan conocer y resolver el caso sin más dilaciones, recordando que una máxima jurídica dice “Justicia que tarda no es justicia”.

Descargar: COMUNICADO CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO UNAE