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Informamos que, mediante RESOLUCIÓN -001-JE-FEUE-UNAE-2025, la Junta Electoral FEUE-UNAE resolvió:

  • Artículo 1.- No calificar las candidaturas de la lista 5 Movimiento La Libertad Avanza por no contar con el porcentaje mínimo de firmas exigidas en el Art. 28. c) del Reglamento de Elecciones; así también, no calificar la candidatura de la lista 10 Movimiento FREDES por no contar con el porcentaje mínimo de firmas exigidas en el Art. 28 .c) del Reglamento antes indicado.
  • Artículo 2.- Declarar desierto el presente Proceso Eleccionario por los motivos antes expuestos; y, ante la necesidad institucional que apremia a la UNAE de contar con las elecciones estudiantiles FEUE y sus filiales, se solicita la debida autorización al Consejo Superior Universitario para convocar a nuevas elecciones cumpliendo con todas las exigencias determinadas en el reglamento de elecciones por parte de esta Junta Electoral.
  • Artículo 3.- Por unanimidad la Junta Electoral solicita a su presidente explicar todos los pormenores que conllevaron a la toma de estas decisiones ante el pleno del Consejo Superior Universitario, a fin de poder continuar con las acciones pertinentes para llevar a cabo las elecciones.

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JUNTA ELECTORAL FEUE – UNAE 2025